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DECLARACIÓN DE LA RENTA 2020 Y AYUDAS A LOS AUTÓNOMOS

Como consecuencia de la crisis del coronavirus, 500.000 autónomos se han beneficiado de las ayudas establecidas por el gobierno, pero:

 ¿Es obligatorio tributar estas ayudas en la Declaración de la Renta 2020?

Las ayudas establecidas por las distintas Administraciones para reducir los efectos del COVID- 19 tienen que tributar en la declaración de la renta 2020, salvo que la normativa de cada una de ellas establezca lo contrario.

¿Qué tipo de ayudas están sujetas a esta tributación?

Por ejemplo: la prestación por tener el negocio cerrado, o por descenso de la facturación hasta un 75% están sujetas a tributación como rendimientos de trabajo.

 ¿Qué cuantía está exenta?

Si la ayuda es menor a 2.000 euros está exenta de tributación, aunque se recomienda reflejarla en la declaración de la renta. Si por el contrario supera esta cantidad hay obligación de tributar.

¿El crédito ICO tributa?

NO, al tratarse de un préstamo que se tiene que devolver, no tributa.

¿Las cuotas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) están exoneradas de tributación?

SÍ, las cuotas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos están exoneradas de tributación.

 IMPORTANTE:  Aunque no tribute el crédito ICO ni las cuotas del RETA es recomendable reflejarlas en la declaración de la renta.

¿Cuáles son las sanciones por no declarar?

Depende la cuantía no declarada y de la intención de la persona. La ley establece que, si la cantidad es menor a 3.000 euros, haya o no ocultación, la multa será del 50% sobre la cantidad dejada de ingresar. Si lo no declarado supera los 3.000 euros, y hay ocultación, el recargo es sobre el 50% y el 100%. Si  la persona utilizó medios fraudulentos, el recargo puede ser del 150%.

Si quieres que te ayudemos con tu declaración de la renta 2020, pide cita y te informaremos sin compromiso.

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